material
Ley de Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios
Tiene por objeto garantizar el derecho humano relativo a la salvaguarda del Patrimonio Cultural del Estado constituido por elementos y manifestaciones materiales e inmateriales de la actividad humana y del entrono natural, a los que los habitantes de la entidad, por su significado y valor, les atribuyen importancia intelectual, científica, tecnológica, histórica, natural, literaria, artística, arqueológica, antropológica, paleontológica, etnológica, arquitectónica, industrial y urbana.
Patrimonio material e inmaterial
El Patrimonio Cultural es el conjunto de bienes tangibles e intangibles, que constituyen la herencia de un grupo humano, que refuerzan emocionalmente su sentido de comunidad con una identidad propia y que son percibidos por otros como característicos. El Patrimonio Cultural como producto de la creatividad humana se hereda, se transmite, se modifica y optimiza de individuo a individuo y de generación a generación.
Para entender mejor el concepto de Patrimonio Cultural podemos sub-clasificarlo, con el fin de su estudio y tratamiento: